Votación telefónica: bases y condiciones

BASES Y CONDICIONES DE PROMOCIÓN TELEFÓNICA SORTEO/ENTRETENIMIENTO:
“0-609 GRAN HERMANO” ORGANIZADOR: TELINFOR SA (en adelante EL ORGANIZADOR) MEDIO A TRAVÉS DEL CUAL SE DIFUNDE LA PROMOCIÓN: TELEVISION FEDERAL S.A. – TELEFE (LS 84 TV Canal 11) (en adelante TELEFE] VIGENCIA DESDE: 17/03/2001.
HASTA: 30/06/2001. Accesos empleados: 0609 111 0000 – 0609 111 0001 – 4963 9318. REGLAMENTACIÓN APLICABLE: Según normativa Decreto PEN No.588/98 y Resoluciones de LOTERÍA SOCIEDAD DEL ESTADO No 157/98, No 204/98 y No. 257/98, y Ley de Lealtad Comercial. DESCRIPCIÓN: El entretenimiento se basa en promociones telefónicas que se efectuarán en el programa televisivo “GRAN HERMANO” que se transmite por TELEFE (LS 84 TV Canal 11), de lunes a viernes de 20:30 a 21:00 horas, y los sábados de 21.00 a 23.00 hs. Tanto la frecuencia y/o la duración del programa, así como su horario de transmisión podrán variar a juicio de TELEFE o de quien dependa. 1.1. BASES Y CONDICIONES DE LA PARTICIPACION 1 – ACEPTACION DE LAS BASES: Las personas intervinientes en este entretenimiento por su sola participación aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas bases y condiciones. EXCLUSIONES: No podrán participar personas menores de edad, ni los empleados del ORGANIZADOR, de TELEFE, de sus productoras, o de empresas vinculadas directamente a la presente promoción, ni sus cónyuges y/o sus parientes hasta el segundo grado inclusive. 2 – VIGENCIA: El presente entretenimiento tendrá vigencia en el territorio de la República Argentina, con acceso en las localidades habilitadas por las compañías telefónicas para los servicios de audiotexto y/o llamadas masivas y países con acceso a las líneas sin valor adicional, entre los días 17 de marzo de 2001 y 30 de junio de 2001. 3 – PREMIOS: Los premios serán de $ 1000 o más, según lo desarrollado en las presentes bases, pudiendo incrementarse según lo dispuesto en la cláusula 4 de las presentes bases. Asimismo, podrán ponerse en juego premios y/o juegos adicionales, según la evolución de la promoción, y a efectos de alcanzar los porcentajes mínimos previstos por la normativa aplicable, conforme lo dispuesto en la cláusula 5. 4 – CONDICIONES DE PARTICIPACION: Para participar en el entretenimiento se deberá llamar a cualquiera de las líneas habilitadas al efecto estando el servicio de llamadas masivas habilitado todos los días de la semana las 24 horas. Una vez efectuada la llamada, el participante deberá seguir las instrucciones que le son impartidas por el operador, constituyendo cada llamada una chance de participación, transformándose así cada llamada completa en un cupón impreso. Los participantes deberán escoger, mediante el llamado a una y/u otra de las líneas especificadas en el encabezado de las presentes bases, cuál de dos postulantes será el próximo en abandonar la casa del “Gran Hermano”. El costo de cada llamada es de 3 pesos + IVA para las líneas de llamadas masivas ( prefijo 0609). En el caso de las líneas alternativas de acceso o internet, regirán las tarifas vigentes según el proveedor del servicio correspondiente. La participación implica la publicación parcial del ANI (tal como dicho término se encuentra definido más abajo). SORTEOS: Sábado de por medio, se realizarán uno o más sorteos. Durante la emisión de cada programa en que haya sorteos se realizará la impresión de los cupones a tales efectos y los conductores extraerán uno o varios al azar de entre los generados en los llamados efectuados desde la última impresión de cupones del programa inmediato anterior en el que hubieren habido sorteos y hasta el momento de la impresión de cupones del día del programa en el que se efectúe el o los sorteos. Acto seguido, identificarán al/los titular/es del/los cupón/es favorecido/s de ese día, difundiendo parcialmente los últimos cuatro dígitos del número telefónico (el “ANI”). La producción del programa entablará comunicación al aire telefónicamente con el/los titular/es de dicho/s cupón/es, quien/es deberá/n contestar “GRAN HERMANO” o cualquier frase que demuestre que se encontraba/n mirando el programa y que será dispuesta por EL ORGANIZADOR y anunciada al aire por los conductores del programa. En caso de responder correctamente el llamado, sumado al hecho de haber realizado la elección correcta al momento de realizar el llamado, es decir, haber acertado cuál de los participantes abandonaría la casa, convertirá al participante en potencial acreedor de un premio de $ 1.000 o más, según lo desarrollado en las presentes bases. De no contestar correctamente el llamado del conductor, perderá el derecho al premio, independientemente de su acierto anterior al momento de la elección realizada al efectuar el llamado. En caso de responder correctamente el llamado del conductor, pero no haber acertado previamente en la elección del participante que abandonaría la casa al momento de efectuar el llamado, los participantes se harán eventuales acreedores a un premio de $ 1.000 o más, según lo especificado en las presentes bases. Los favorecidos en el entretenimiento deberán, dentro de 10 días hábiles siguientes a la emisión del programa en el que hubieren resultado eventuales ganadores de los premios, tomar contacto con el ORGANIZADOR en su domicilio: calle Laprida 1024 – Ciudad de Buenos Aires, de 9 a 17 horas, todos los días hábiles a fin de completar los requisitos necesarios para su asignación definitiva de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6 de las presentes bases. Asimismo podrán entrar en contacto llamando a la línea de atención a ganadores al 4964-8811 de L a V de 11 a 15 hs. Caso contrario, se les dará por decaído el derecho a reclamar su premio en lo sucesivo, pudiendo disponer el ORGANIZADOR de los mismos según las normas vigentes, considerándose dichos premios como no asignados, a sus efectos. Todos los actos de extracción de cupones serán realizados ante Escribano Público. 5. VARIACIONES EN EL PROGRAMA DE PREMIOS: La frecuencia de los sorteos podrá variar en más o en menos a lo largo del juego, así como el criterio de acumulación de cupones, siempre que permita acceder a una mayor cantidad de participantes en el juego, y el monto de los premios en juego podrán variar en más, a fin de dar cumplimiento al porcentaje mínimo de premios establecido en la normativa vigente (Artículo 5° Decreto 588/98) pudiendo aumentarse los premios referidos en la cláusula 3 según la cantidad de llamados entrantes, de modo de respetar la proporción antes referida. Podrán agregarse nuevos entretenimientos y/o modificarse los previstos en estas bases, respetando siempre el espíritu del juego. 6. ASIGNACION DEFINITIVA DE LOS PREMIOS: La asignación definitiva de los premios dependerá del cumplimiento por parte de los titulares de los cupones favorecidos, en su caso, de los siguientes requisitos: a) Haber contactado al ORGANIZADOR dentro del plazo referido en la cláusula CUARTA, b) Presentar copia de su DNI, c) Acreditar que no adeudan pagos correspondientes a los servicios de audiotexto y/o con cualquier otro cargo adicional que les hubiere permitido acceder a la participación en el sorteo, debiendo haber abonado la factura que contenga tales cargos no más allá del segundo vencimiento contenido en la misma, acreditando tal circunstancia dentro de los 30 días de producido el segundo vencimiento antes referido. En caso de no acreditar el participante telefónico alguno de los requisitos antes referidos, se entenderá que pierde todo derecho al reclamo del premio, quedando el mismo en poder del organizador, al considerarse como no asignado. 7. ENTREGA DE LOS PREMIOS: Una vez cumplimentados los requisitos arriba indicados, los favorecidos en el entretenimiento se consolidarán como acreedores definitivos a los mismos. Los premios les serán pagados entonces por el ORGANIZADOR dentro de los 30 días corridos de haberse cumplido todos y cada uno de los requisitos exigidos en la cláusula 6 de las presentes bases. El pago se efectuará en el domicilio del ORGANIZADOR o donde éste lo indique en el horario de 15 a 17, los días martes y jueves. Para los participantes del interior del país el ORGANIZADOR, respetando los plazos de pago, hará sus mejores esfuerzos para efectuar los mismos en la localidad de residencia (o la más cercana) del GANADOR.. 8 – GASTOS A CARGO DE LOS GANADORES: Todo impuesto que deban tributar los adjudicatarios definitivos de los premios y/o todo gasto por cualquier concepto en que incurran los favorecidos en los sorteos o los adjudicatarios definitivos de los premios para el traslado, estadía y otros gastos para reclamar o retirar los mismos, en su caso, serán a su exclusivo cargo. En el caso de depósitos en cuenta y/o giros bancarios, todo gasto que deba abonarse será deducido del importe a entregar al ganador. 9. NO RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR: Tanto EL ORGANIZADOR como TELEFE no serán responsables por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieran sufrir los favorecidos y/o los adjudicatarios definitivos de los premios o terceros con motivo de la participación en el entretenimiento, ni con el destino que ellos dieren a los premios adquiridos, así como de todo otro daño originado en ocasión de su retiro y/o reclamo. Asimismo, el ORGANIZADOR limita su ámbito de responsabilidad a la organización integral de la promoción y a la entrega de premios derivados de los sorteos originados en las participaciones telefónicas exclusivamente, conforme los términos de las presentes bases y condiciones, deslindando toda otra responsabilidad derivada de la organización y/o participación de los concursantes en todo otro juego que eventualmente se realice en el Programa. 10 – Los GANADORES de las promociones telefónicas autorizan al ORGANIZADOR a difundir sus datos personales, domicilio, imágenes y voces y las de su grupo familiar con fines publicitarios en los medios y formas que el ORGANIZADOR considere conveniente, sin derecho a compensación de ninguna especie, durante la vigencia del entretenimiento y hasta los 365 días de su finalización. 11 – La probabilidad de ser favorecido en los sorteos dependerá del número de llamadas que efectúe el participante y de la cantidad de llamadas totales que se reciban. A modo de ejemplo, la probabilidad de ser favorecido en el último sorteo del último programa del entretenimiento en el supuesto que el participante haya efectuado dos (2) llamadas, haya acertado la elección del postulante y que se hayan recibido en total cien mil (100.000) llamadas con la elección correcta, será de 1 en 50.000. 12 – Cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, siempre y cuando estas no sean imputables al organizador, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender o modificar este entretenimiento, sin que esto altere la esencia de la promoción. Las modificaciones que se produzcan por causas ajenas no imputables al organizador, que no alteren la esencia de la promoción, deberán ser notificadas a la Autoridad de Aplicación dentro de las 48 horas de producidas. 13 – Dentro de los diez (10) días hábiles de terminado el programa de entretenimiento se dará a publicidad un listado con los nombres de los GANADORES Y/O POTENCIALES GANADORES, según el caso, y de los premios correspondientes, como así también el destino que se dará a los premios no asignados. Dicha nómina será difundida a través de un listado publicado en la página www.granhermano.terra.com.ar y enviado a Lotería Nacional. El listado de los GANADORES Y/O POTENCIALES GANADORES se mantendrá a disposición de las autoridades por un período de tres (3) años junto con la constancia de la recepción de los premios. 14 – Las presentes BASES Y CONDICIONES se encuentran a disposición de cualquier interesado en el domicilio de TELEFE, sito en Pavón 2444, Ciudad de Buenos Aires, todos los días hábiles de 12 a 17 horas y en la página de internet www.granhermano.terra.com.ar . Asimismo, el número telefónico (011) 4963-9318 estará habilitada para poder participar en el entretenimiento sin obligación de contratar el servicio de audiotexto.